CONVENIO DE ASIGNACIÓN DE RECURSOS

 

 

I000/540/2016

ACTUALIZACIÓN MOD.ORD./14/2016

FORDECYT

000000000273529

 

 

CONVENIO DE ASIGNACIÓN DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., I.B.D., EN SU CARÁCTER DE FIDUCIARIA DEL FIDEICOMISO DENOMINADO “FONDO INSTITUCIONAL DE FOMENTO REGIONAL PARA EL DESARROLLO CIENTÍFICO, TECNOLÓGICO Y DE INNOVACIÓN”, EN LO SUCESIVO EL “FORDECYT”, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL/LA C. QUÍM. REGINA MARIA ALARCON CONTRERAS, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO (A) ADMINISTRATIVO (A), Y POR EL/LA ING. MONICA VIVIANA PADILLA MOLINA, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO (A) TÉCNICO (A); Y POR LA OTRA, EL/LA INSTITUTO DE INNOVACIÓN Y COMPETITIVIDAD, EN LO SUCESIVO EL “SUJETO DE APOYO", REPRESENTADO POR EL/LA PH.D. ARMANDO SEGOVIA LERMA, EN SU CALIDAD DE REPRESENTANTE LEGAL, INSTRUMENTO QUE SUJETAN AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

 

ANTECEDENTES

 

  1. El artículo 1º, fracciones I y II de la Ley de Ciencia y Tecnología (LCyT), regula los apoyos que el Gobierno Federal se encuentra obligado a otorgar para impulsar, fortalecer, desarrollar y consolidar la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación general del país, así como determinar los instrumentos, mediante los cuales éste cumplirá con dicha obligación.

     

    Asimismo, en su artículo 23, fracción I, la LCyT establece que podrán constituirse Fondos CONACYT, cuyo soporte operativo estará a cargo del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, en adelante el “CONACYT”, se crearán y operarán con arreglo a lo dispuesto por la LCyT y podrán tener la modalidad de institucionales que se establecerán y operarán conforme a los artículos 24 y 26 de la LCyT.

  2.  

  3. En términos de lo dispuesto por el artículo 24, fracción II de la LCyT, se establece que podrán ser beneficiarios del “FORDECYT” las instituciones, universidades públicas y particulares, centros, laboratorios, empresas públicas y privadas o personas dedicadas a la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación que se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas (RENIECYT), conforme se establezca en los contratos y en las Reglas de Operación de cada Fideicomiso.

  4.  

  5. En fecha 3 de febrero de 2009, el “CONACYT”, en su calidad de Fideicomitente celebró un Contrato de Fideicomiso con Nacional Financiera, S.N.C., en lo sucesivo el “CONTRATO”, en su calidad de Institución Fiduciaria, para establecer el Fideicomiso denominado: “Fondo Institucional de Fomento Regional para el Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación”, siendo modificado con fechas 28 de septiembre de 2012, 08 de enero de 2016 y 23 de junio de 2016, a través del Primer, Segundo y Tercer Convenio Modificatorio al Contrato de Fideicomiso, respectivamente.

  6.  

  7. El 18 de febrero de 2009, se emitieron las Reglas de Operación del “FORDECYT”, siendo actualizadas con fechas 28 de septiembre de 2012, 08 de enero de 2016 y 23 de junio de 2016, respectivamente.

  8.  

  9. El Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2013-2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2013, establece en su Objetivo 3.5. Hacer del desarrollo científico, tecnológico y la innovación pilares para el progreso económico y social sostenible.

  10.  

  11. El objeto del “FORDECYT” es otorgar apoyos y financiamientos para actividades directamente vinculadas al desarrollo de las acciones científicas, tecnológicas y de innovación de alto impacto y apoyar la formación de recursos humanos especializados que contribuyan al desarrollo regional, a la colaboración e integración de las regiones del país y al fortalecimiento de los sistemas locales de ciencia, tecnología e innovación. Por ello, el Comité Técnico y de Administración del “FORDECYT” aprobó la CONVOCATORIA 2016-05, publicada el 29 DE MARZO DE 2016.

  12.  

  13. El Comité Técnico y de Administración, en su SÉPTIMA, sesión EXTRAORDINARIA celebrada el 20 DE JUNIO DE 2016, mediante Acuerdo número FORDECYT/07SE/2016/06/20-08, autorizó la canalización de recursos a favor del “SUJETO DE APOYO”, por un monto de $5,200,000.00 (CINCO MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS 00/100 MN ), para el desarrollo de la propuesta denominada “ESTRATEGIA NACIONAL PARA FOMENTAR Y FORTALECER LA DIVULGACIÓN DE LA CIENCIA, LA TECNOLOGÍA Y LA INNOVACIÓN EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS: CHIHUAHUA 2016.”, en lo sucesivo el “PROYECTO”.

 

DECLARACIONES

 

I.       El “FORDECYT” a través de la Secretario(a) Administrativo(a) declara que:

  1. De conformidad con el Manual de Organización del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, publicado mediante acuerdo en el Diario Oficial de la Federación el 22 de febrero de 2016, rubro Dirección de Coordinación de Direcciones Regionales, párrafo quinto; artículo 22 de las Reglas Operación del “FORDECYT”; el oficio de designación número A000/008/2016, de fecha 11 DE MAYO DE 2016, emitido a favor de la (el) C. QUÍM. REGINA MARÍA ALARCÓN CONTRERAS, por el Director General del "CONACYT", para ocupar el cargo de Director (a) de Coordinación de Direcciones Regionales del "CONACYT"; y del poder notarial para ACTOS DE ADMINISTRACIÓN, mismo que se hace constar a través del testimonio de la escritura pública número 145361, de fecha 7 DE JULIO 2016, pasado ante la fe del Lic. IGNACIO SOTO BORJA Y ANDA, Notario Público número 129, de la Ciudad de MÉXICO; tiene el carácter de Secretario (a) Administrativo (a) del “FORDECYT”.

  2.  

  3. Su Registro Federal de Contribuyentes inscrito en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público es FIF0902038H3.

  4.  

  5. Tiene establecido su domicilio en Insurgentes Sur número 1582, Colonia Crédito Constructor, Delegación Benito Juárez, Código Postal 03940, en la Ciudad de México, mismo que señala para los fines y efectos legales de este Convenio.

 

II.       El "SUJETO DE APOYO" a través de su REPRESENTANTE LEGAL, declara que:

  1. Es una Institución Pública ESTATAL legalmente constituida en los términos de las leyes mexicanas, a través de LEY, emitido por LIC. CESAR HORACIO DUARTE JAQUEZ, acto que fue debidamente publicado en el PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, en fecha 19 DE NOVIEMBRE DE 2014, para los efectos legales correspondientes.

  2.  

  3. El (La) PH.D. ARMANDO SEGOVIA LERMA cuenta con las facultades para suscribir el presente Convenio, tal y como se desprende de PODER NOTARIAL, expedido por LIC. MONICA ESNAYRA PEREYRA el 03 DE JULIO DE 2015 en CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, manifestando que a la fecha de la firma del presente instrumento, sus facultades no le han sido revocadas ni modificadas en forma alguna..

  4.  

  5. Su Registro Federal de Contribuyentes inscrito en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público es IIC141116MR1.

  6.  

  7. Tiene establecido su domicilio en CUAUHTEMOC EXT/INT 1800, CUAUHTEMOC, CHIHUAHUA, C.P.31020, CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, mismo que señala para los fines y efectos legales de este Convenio.

  8.  

  9. En cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 16, 17 y 24, fracción II de la LCyT, se encuentra inscrito en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas (RENIECYT), a cargo del “CONACYT”, tal y como se acredita con la constancia de inscripción número 21949, vigente.

  10.  

  11. El “SUJETO DE APOYO” manifiesta bajo protesta de decir verdad, que la celebración del presente convenio lo realiza para su propio beneficio, por lo que no actúa como intermediario o para beneficio de otra persona física o moral u otras personas físicas o morales actúan como intermediarios para la presentación de la propuesta correspondiente; en el entendido que los recursos que otorga el “CONACYT” son públicos, a título personal y en beneficio del fomento de la investigación científica, tecnológica y la innovación en el país.

Expuesto lo anterior, las partes se obligan de acuerdo a las siguientes:

 

CLÁUSULAS

 

PRIMERA. OBJETO

El objeto del presente Convenio conforme a lo dispuesto por el artículo 1° de la LCyT, consiste en el establecimiento de las condiciones a que se sujeta la canalización de los recursos otorgados por el “FORDECYT” en favor del “SUJETO DE APOYO”, para el desarrollo del “PROYECTO” denominado: “ESTRATEGIA NACIONAL PARA FOMENTAR Y FORTALECER LA DIVULGACIÓN DE LA CIENCIA, LA TECNOLOGÍA Y LA INNOVACIÓN EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS: CHIHUAHUA 2016.”, cuya responsabilidad de ejecución y correcta aplicación de los recursos, queda, desde este momento, plenamente asumida por el "SUJETO DE APOYO".

El objetivo del “PROYECTO” es ACERCAR EL CONOCIMIENTO DE LA CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN A TRAVÉS DE DIFERENTES ACTIVIDADES PARA NIÑOS, JÓVENES Y ADULTOS DE LAS DIFERENTES REGIONES DEL ESTADO DE CHIHUAHUA.

 

SEGUNDA. CANALIZACIÓN DE RECURSOS

El “FORDECYT” en cumplimiento al acuerdo tomado por el Comité Técnico y de Administración, canaliza al “SUJETO DE APOYO” la cantidad total de $5,200,000.00 (CINCO MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS 00/100 MN ), conforme a lo dispuesto en el Anexo Uno que forma parte integral del presente Convenio.

El “SUJETO DE APOYO” deberá presentar previo a la ministración (es) de recursos el comprobante fiscal digital, según corresponda. Las partes acuerdan que dicha (s) ministración (es) se comprobará (n) por medio del estado de cuenta de Nacional Financiera, S.N.C., I.B.D., como Institución Fiduciaria del “FORDECYT”.

Los recursos canalizados provienen de un Fideicomiso Institucional que opera conforme a la LCyT; por lo tanto, el ejercicio de éstos, no está sujeto al principio de anualidad.

 

TERCERA. ANEXOS

Los Anexos que forman parte integral del presente Convenio se componen por lo siguiente:

1.       El Anexo Uno contiene el Desglose Financiero del “PROYECTO”.

2.       El Anexo Dos contiene la descripción de la etapa, descripción de la meta, actividades, productos y los diferentes plazos con los que se aprobó el “PROYECTO”.

Los Anexos sólo podrán ser modificados por voluntad de las partes, a través de comunicaciones escritas en las que se hagan constar sus acuerdos, que deberán integrarse al presente instrumento, sin necesidad de celebrar un Convenio Modificatorio para tal efecto.

 

CUARTA. OBLIGACIONES DEL “FORDECYT”

a) Canalizar al “SUJETO DE APOYO” los recursos económicos a que se refiere la Cláusula Segunda de este instrumento, mismos que serán entregados conforme a lo dispuesto en el Anexo Uno, que forma parte integral del presente Convenio.

b) Vigilar por conducto del Secretario Técnico y el Secretario Administrativo, la debida aplicación y adecuado aprovechamiento de los recursos económicos canalizados al “SUJETO DE APOYO”, conforme al contenido en los Anexos Uno y Dos o conforme a las modificaciones que se aprueben.

c) El “FORDECYT”, a través de los medios que considere pertinentes, podrá en cualquier momento solicitar auditorías, realizar revisiones y/o practicar visitas de supervisión, con el propósito de constatar el grado de avance en el desarrollo de los trabajos y la correcta aplicación de los recursos canalizados al “SUJETO DE APOYO”.

 

QUINTA. OBLIGACIONES DEL “SUJETO DE APOYO”

a) El “SUJETO DE APOYO” se obliga a destinar bajo su más estricta responsabilidad los recursos económicos ministrados por el “FORDECYT”, exclusivamente para la realización del “PROYECTO”, de conformidad con lo dispuesto en el presente Convenio y los Anexos que forman parte integral del mismo.

b) El “SUJETO DE APOYO” se obliga a desarrollar el “PROYECTO” de acuerdo a lo establecido en los Anexos Uno y Dos.

c) El “SUJETO DE APOYO” se obliga a disponer de una cuenta de cheques no productiva mancomunada específica para el “PROYECTO” a través de la cual se le canalizará (n) la (s) ministración (es) correspondiente (s).

En caso de que el “SUJETO DE APOYO” así lo requiera, la (s) ministración (es) de recursos podrá canalizarse en su cuenta concentradora, para lo cual deberá asignar una subcuenta específica para el “PROYECTO”, notificando al (la) Secretario (a) Administrativo (a).

d) El “SUJETO DE APOYO” queda expresamente obligado a proporcionar las facilidades necesarias para permitir el acceso a sus instalaciones, así como para mostrar y proporcionar la información técnica y financiera que le sea solicitada por el “FORDECYT”.

e) El “SUJETO DE APOYO” deberá abrir un sistema de registro contable de los movimientos financieros relativos al “PROYECTO”, así como contar con un expediente específico para la documentación del mismo.

f) El “SUJETO DE APOYO” deberá guardar toda aquella información técnica-financiera que se genere para realizar futuras evaluaciones sobre el “PROYECTO”, durante un periodo de 5 (cinco) años posteriores a la conclusión del mismo.

g) El “SUJETO DE APOYO” se obliga a informar de manera inmediata al Área de Quejas del Órgano Interno de Control en el “CONACYT”, en el caso de que algún servidor público del “CONACYT”, por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquier otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer actos o acciones relacionadas con el cumplimiento del presente Convenio.

h) Rendir los informes a que hace referencia la Cláusula Sexta de este Convenio.

 

SEXTA. INFORMES DE ETAPA Y FINAL

El “SUJETO DE APOYO” al concluir la etapa correspondiente deberá presentar físicamente o por medios electrónicos, el informe respecto del avance del “PROYECTO”, en un término no mayor a 15 (quince) días naturales, de conformidad con lo siguiente:

1) Informe Técnico acorde al Cronograma de Actividades, establecido en el Anexo Dos, el cual será evaluado a fin de verificar el desarrollo del “PROYECTO”.

2) Informe Financiero acorde al Desglose Financiero establecido en el Anexo Uno, el cual será evaluado a fin de verificar la correcta utilización de los recursos del “PROYECTO.

El informe de etapa, deberá contener los entregables comprometidos en el Anexo Dos, la información de la aplicación de los recursos canalizados conforme al Anexo Uno, así como la viabilidad de alcanzar el objetivo del “PROYECTO” por parte del “SUJETO DE APOYO”.

Las ministraciones subsecuentes se realizarán una vez que se cuente con las evaluaciones técnica y financiera favorables.

Al término del “PROYECTO”, el “SUJETO DE APOYO” deberá elaborar y presentar físicamente o por medios electrónicos, el Informe Financiero Final y el Informe Técnico Final, de conformidad con lo siguiente:

  1. Informe Técnico Final acorde al Cronograma de Actividades establecido en el Anexo Dos, en un plazo no mayor a 20 (veinte) días naturales contados a partir de la fecha de la conclusión del “PROYECTO.

  2.  

  3. Informe Financiero Final acorde al Desglose Financiero establecido en el Anexo Uno, en un plazo no mayor a 20 (veinte) días naturales contados a partir de la fecha de la conclusión del “PROYECTO” el cual deberá estar dictaminado preferentemente por un Despacho acreditado ante la Secretaría de la Función Pública.

El Informe Financiero Final deberá considerar la rendición de cuentas del monto total del apoyo otorgado, incluyendo los reintegros realizados de los recursos no ejercidos.

En el caso de ser evaluados favorablemente el Informe Técnico Final y el Informe Financiero Final, el "FORDECYT" a través del Secretario Técnico y del Secretario Administrativo emitirán el Oficio de Conclusión Técnica del “PROYECTO” y el Oficio de Conclusión Financiera del “PROYECTO”, conforme a la normatividad vigente del “FORDECYT”.

En el supuesto de que del resultado de la evaluación del Informe Financiero Final, no se reconozcan gastos, el “SUJETO DE APOYO” deberá realizar el reintegro del recurso, en un plazo no mayor a 45 (cuarenta y cinco) días naturales contados a partir de la notificación que realicen mancomunadamente los Secretarios Técnico y Administrativo de forma física o electrónica.

La recepción de los Informes mencionados, no implican la aceptación definitiva de los resultados. El “FORDECYT” se reserva el derecho de suspender o cancelar la canalización de recursos, de reducir su monto o bien, dar por terminado anticipadamente el presente Convenio, cuando los proyectos no se realicen con el método, la precisión o la secuencia necesaria para la consecución del “PROYECTO”.

En el caso de que el “PROYECTO” conste de una sola etapa, se presentará para su evaluación únicamente el Informe Técnico Final y el Informe Financiero Final.

 

SÉPTIMA. ÁREAS DE COORDINACIÓN

El Secretario Administrativo del “FORDECYT” realizará el seguimiento financiero del “PROYECTO” contando con los servicios externos para tal efecto.

El Secretario Técnico del “FORDECYT” realizará el seguimiento técnico del “PROYECTO”, para lo cual podrá apoyarse en las instancias de evaluación previstas en la normatividad del “FORDECYT”, así como la evaluación de resultados del mismo.

El “SUJETO DE APOYO” designa a el/la M.A.P. ROBERTO CHACON GOMEZ, como Responsable Técnico del “PROYECTO”, quien será el enlace con el Secretario Técnico del “FORDECYT” para los asuntos técnicos, teniendo como obligación principal la de coordinar el desarrollo del “PROYECTO”, presentar los Informes Técnicos, y en general supervisar el fiel cumplimiento del presente Convenio.

En caso de ausencia temporal mayor a 30 (treinta) días naturales o definitiva del Responsable Técnico, el “SUJETO DE APOYO” deberá designar un sustituto, notificando de ello al Secretario Técnico del “FORDECYT”, en un plazo que no excederá de 45 (cuarenta y cinco) días naturales posteriores a que éste se ausente.

El “SUJETO DE APOYO” designa a el/la M.A.R.H. PAOLA GUADALUPE LEYVA GARCIA, como Responsable Administrativo del “PROYECTO”, quien auxiliará al Responsable Técnico en su función de enlace con el Secretario Administrativo del “FORDECYT”, quien tendrá la responsabilidad del control administrativo y contable, la aplicación y comprobación de los recursos canalizados por el “FORDECYT”, así como presentar los Informes Financieros requeridos por el “FORDECYT”.

En caso de ausencia temporal mayor a 30 (treinta) días naturales o definitiva del Responsable Administrativo, el “SUJETO DE APOYO” deberá designar un sustituto, notificando de ello al Secretario Administrativo del “FORDECYT”, en un plazo que no excederá de 45 (cuarenta y cinco) días naturales posteriores a que éste se ausente.

 

OCTAVA. CUENTA DE CHEQUES

El “SUJETO DE APOYO” deberá disponer de una cuenta de cheques no productiva a través de la cual se le canalizarán las ministraciones correspondientes a cada etapa, misma que deberá ser notificada al Secretario Administrativo del “FORDECYT”, debiendo estar a nombre del “SUJETO DE APOYO”, la cual será operada mancomunadamente por el Responsable Técnico y el Responsable Administrativo a que se refiere la Cláusula Séptima, únicamente para administrar los recursos canalizados al “PROYECTO”, por lo que será necesario que la misma se encuentre acreditada ante el “FORDECYT”, previamente a la entrega de la primera ministración.

En caso de que el “SUJETO DE APOYO” maneje cuentas concentradoras, deberá asignar una cuenta específica para el “PROYECTO” notificando de ello al Secretario Administrativo del “FORDECYT”, a fin de que se acredite la misma.

En caso de cuentas concentradoras que generen rendimientos, éstos deberán ser reintegrados al “FORDECYT” al término del “PROYECTO”, a través de la cuenta que se determine para tal efecto.

Los recursos asignados al “PROYECTO” deberán permanecer en la cuenta específica del mismo, hasta en tanto no sean ejercidos en términos de lo aprobado por el Comité Técnico y de Administración. Los recursos depositados en la cuenta no podrán transferirse a otras cuentas que no estén relacionadas con el objeto del “PROYECTO”.

Las ministraciones que se otorguen para la realización del “PROYECTO” no formarán parte del patrimonio del “SUJETO DE APOYO”, ni de su presupuesto.

Es obligación del Responsable Administrativo del "PROYECTO" cumplir con todos los requisitos administrativos y contables derivados del presente Convenio.

En el caso de aportaciones concurrentes líquidas se deberán depositar en la misma cuenta bancaria, para aplicarse en los rubros comprometidos de conformidad con las cantidades y conceptos aprobados que se detallan en el Anexo Uno.

 

NOVENA. PROPIEDAD DE LOS ACTIVOS

Los activos que sean adquiridos con los recursos asignados por el “FORDECYT” al “SUJETO DE APOYO” para el desarrollo del “PROYECTO”, provenientes del presupuesto del “FORDECYT”, desde la firma del presente Convenio y hasta la emisión de la Constancia de Conclusión Técnica y Financiera, quedarán en posesión del “SUJETO DE APOYO” para su resguardo y custodia, y podrán ser utilizados para los objetivos del “PROYECTO”.

Una vez emitido el Oficio de Conclusión Técnica y Financiera se entenderá que los activos adquiridos con los recursos objeto del presente Convenio forman parte del patrimonio del “SUJETO DE APOYO”, en el entendido de que el “FORDECYT” no tendrá interés jurídico sobre esos activos.

El “FORDECYT” podrá pactar con el "SUJETO DE APOYO" el uso de los activos adquiridos para el "PROYECTO", en aquellos casos en que exista un interés de Estado debidamente justificado, sujetándose a los términos y condiciones que se estipulen en los instrumentos jurídicos correspondientes.

 

DÉCIMA. PROPIEDAD INDUSTRIAL Y/O DERECHOS DE AUTOR

La titularidad de los derechos de autor y los derechos de propiedad industrial de las obras, procesos, patentes, marcas, modelos de utilidad, diseños industriales, innovaciones o cualquier otro producto de investigación que realice o produzca el “SUJETO DE APOYO” durante el desarrollo del “PROYECTO”, en forma individual o con la colaboración con otros investigadores, serán propiedad única y exclusiva de quien conforme a derecho correspondan, respetando en todo momento los derechos morales de quienes intervengan en su realización.

En lo no previsto en la presente Cláusula, se estará a lo establecido en la Ley Federal del Derecho de Autor, en la Ley de la Propiedad Industrial y en los demás ordenamientos aplicables.

Para asegurar la confidencialidad con relación a los derechos de propiedad intelectual de los productos obtenidos con motivo del desarrollo del “PROYECTO” o cualquier información que se derive de éste, los evaluadores y el Responsable Técnico y el Responsable Administrativo del “PROYECTO” deberán suscribir un Convenio o Carta de Confidencialidad.

La violación a los derechos mencionados, determinada por resolución firme de la autoridad competente, será motivo de cancelación del apoyo, pudiéndose considerar, previo análisis correspondiente, la suspensión o cancelación definitiva del RENIECYT.

En las publicaciones o presentaciones en eventos que se realicen, derivadas o relacionados con el resultado del “PROYECTO”, el “SUJETO DE APOYO” deberá dar, invariablemente, el crédito correspondiente al “FORDECYT”, agregando la leyenda: “Proyecto apoyado por el FORDECYT”.

 

DÉCIMA PRIMERA. INFORMACIÓN CONFIDENCIAL Y PÚBLICA

Las partes se comprometen a tratar como confidencial toda la información que con tal carácter proporcione el “SUJETO DE APOYO”.

El “SUJETO DE APOYO” se compromete a proporcionar la información del “PROYECTO” a través de una Ficha que contenga la información básica de los objetivos del “PROYECTO” y sus resultados, misma que se considerará información pública en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y demás disposiciones jurídicas aplicables.

 

DÉCIMA SEGUNDA. ACCESO A LA INFORMACIÓN

El “SUJETO DE APOYO” se compromete a proporcionar la información del “PROYECTO” que pudiera ser solicitada por el Secretario Técnico y el Secretario Administrativo, para ser entregada al Sistema Integrado de Información sobre investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación (SIICYT) que opera el “CONACYT”, de conformidad con la LCyT. Dicha información estará sujeta a las disposiciones de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y demás disposiciones jurídicas aplicables.

El “SUJETO DE APOYO” cuya actividad de investigación sea financiada total o parcialmente con recursos públicos o que haya utilizado infraestructura pública para la realización del “PROYECTO” y de sus resultados, así como de la información derivada de las actividades académicas, científicas, tecnológicas y de innovación nacional e internacional, deberá acatar las disposiciones contenidas en los Lineamientos Generales para el Repositorio Nacional y los Repositorios Institucionales, así como los Lineamientos Técnicos para el Repositorio Nacional y los Repositorios Institucionales.

 

DÉCIMA TERCERA. RESCISIÓN

El “FORDECYT”, a través de los Secretarios Administrativo y Técnico, podrá rescindir el presente Convenio, sin necesidad de declaración judicial previa ni de dar aviso por escrito, cuando el “SUJETO DE APOYO” incurra en alguno de los supuestos de incumplimiento que, a continuación, se señalan:

a) Aplique los recursos canalizados por el “FORDECYT” con finalidades distintas a la realización del “PROYECTO”.

b) No brinde las facilidades de acceso a la información, o a las instalaciones donde se administra y desarrolla el “PROYECTO”.

c) No compruebe la debida aplicación de los recursos canalizados para el “PROYECTO” cuando le sea expresamente requerido por el “FORDECYT”.

d) Proporcione información o documentación falsa.

Cuando se ejercite el derecho contenido en la presente cláusula, previa resolución del Comité Técnico y de Administración del “FORDECYT”, se requerirá por escrito al “SUJETO DE APOYO” el reembolso de hasta la totalidad de los recursos que le fueron canalizados, y se le podrá notificar la inelegibilidad para ser beneficiado a través del “FORDECYT” por un periodo de hasta 18 (dieciocho) meses, contados a partir de la notificación por escrito que se haga al mismo.

En caso de que el “FORDECYT” determine que el “SUJETO DE APOYO” debe devolver la totalidad de los recursos, éste deberá hacerlo dentro de un plazo no mayor a 45 (cuarenta y cinco) días naturales a partir de la comunicación de rescisión.

 

DÉCIMA CUARTA. SANCIONES

En caso de que el “SUJETO DE APOYO” no cumpla con los términos y condiciones establecidos en el presente Convenio, podrá ser sujeto a la terminación anticipada, cancelación, rescisión o a las sanciones que apruebe el Comité Técnico y de Administración.

 

DÉCIMA QUINTA. CANCELACIÓN DEL RENIECYT

En los casos en que el incumplimiento por parte del “SUJETO DE APOYO” a las obligaciones que asume por virtud del presente instrumento legal, impida continuar con el desarrollo del “PROYECTO” o haya sido omiso a los requerimientos del Secretario Administrativo y/o el Secretario Técnico, previo Acuerdo del Comité Técnico y de Administración, el Secretario Técnico solicitará a la Unidad de Asuntos Jurídicos que, a través de la Dirección de Procesos Jurídicos, se convoque a la Comisión Interna de Evaluación a efecto de conocer, analizar y resolver lo conducente respecto a la procedencia de cancelación del RENIECYT del “SUJETO DE APOYO”, conforme a lo dispuesto en el artículo 52 de las Bases de Organización y Funcionamiento del Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas.

 

DÉCIMA SEXTA. CASO FORTUITO Y/O FUERZA MAYOR

En aquellos casos en que el incumplimiento por parte del “SUJETO DE APOYO”, sea por consecuencia de caso fortuito o causas de fuerza mayor, deberá notificar al “FORDECYT” dichas circunstancias, debiendo reembolsar en la cuenta que para tal efecto se determine, el remanente de los recursos económicos que no haya aplicado al “PROYECTO”, en un plazo no mayor a 45 (cuarenta y cinco) días naturales contados a partir de la notificación correspondiente.

 

DÉCIMA SÉPTIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA

Las partes podrán dar por terminado de manera anticipada el presente Convenio, cuando a su juicio existan circunstancias que impidan continuar con el desarrollo del “PROYECTO”, previa notificación que por escrito realice cualquiera de ellas, con una antelación no menor a 30 (treinta) días naturales.

En este caso, el “SUJETO DE APOYO” presentará un Informe Técnico y un Informe Financiero auditado por un despacho contable, preferentemente acreditado por la Secretaría de la Función Pública, para dar a conocer el avance de la ejecución del “PROYECTO”, así como el ejercicio de los recursos, de tal forma que el “FORDECYT” cuente con los elementos necesarios para identificar el adecuado cumplimiento de los compromisos y en caso contrario, solicite la devolución de los recursos no comprobados y aquellos no ejercidos.

 

DÉCIMA OCTAVA. DEVOLUCIÓN DE RECURSOS

En cualquier caso de devolución de recursos económicos por parte del “SUJETO DE APOYO”, el Responsable Administrativo del “PROYECTO” tiene la obligación de dar aviso de inmediato al Secretario Administrativo del “FORDECYT” de la devolución de los recursos al “FORDECYT”, y comprobar dicha devolución mediante la entrega de la copia de la ficha de depósito o de la transferencia bancaria, para que el recurso devuelto sea identificado inmediatamente.

 

DÉCIMA NOVENA. RELACIÓN LABORAL

El “FORDECYT” no establecerá ninguna relación de carácter laboral con el personal que el “SUJETO DE APOYO” llegase a ocupar para la realización del “PROYECTO”, en consecuencia, las partes acuerdan que el personal designado, contratado o comisionado para la realización del “PROYECTO”, estará bajo la dependencia directa del “SUJETO DE APOYO”; y por lo tanto, en ningún momento se considerará al “FORDECYT” y/o al “CONACYT” como patrón solidario o sustituto, ni tampoco al “SUJETO DE APOYO” como intermediario, por lo que el “FORDECYT” no asume ninguna responsabilidad que pudiera presentarse en materia de trabajo y seguridad social, por virtud del presente Convenio.

 

VIGÉSIMA. RESPONSABILIDAD CIVIL

Queda expresamente pactado que las partes no tendrán responsabilidad civil por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, particularmente por el paro de labores académicas o administrativas, en la inteligencia de que una vez superados estos eventos, se reanudarán las actividades en la forma y términos que dictaminen las partes.

 

VIGÉSIMA PRIMERA. PROHIBICIÓN PARA UTILIZAR LA INFORMACIÓN PARA FINES POLÍTICOS

Los compromisos asumidos en este Convenio derivan de programas de carácter público, los cuales no son patrocinados ni promovidos por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso del contenido de este Convenio y del “PROYECTO” con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este Convenio y del “PROYECTO” deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la Ley aplicable y ante la autoridad competente.

 

VIGÉSIMA SEGUNDA. PREVISIONES ÉTICAS, ECOLÓGICAS Y DE SEGURIDAD

El “SUJETO DE APOYO” se obliga a cumplir y hacer cumplir durante el desarrollo del “PROYECTO” y hasta su conclusión la legislación aplicable especialmente en materia ecológica, de protección a la bioseguridad y la biodiversidad, así como a respetar las convenciones y protocolos en materia ética aplicada a la investigación, la legislación aplicable y la normatividad institucional en materia de seguridad.

 

VIGÉSIMA TERCERA. ACTUALIZACIÓN DE DATOS EN EL RENIECYT

El “SUJETO DE APOYO” tendrá la obligación de informar a la Dirección de Procesos Jurídicos adscrita a la Unidad de Asuntos Jurídicos, entre otros cambios los de su situación económica, cambio de domicilio legal, razón o denominación social o representante legal. Asimismo, el “SUJETO DE APOYO” se obliga a mantener actualizada su inscripción e información en el RENIECYT, durante la vigencia del Convenio.

 

VIGÉSIMA CUARTA. VIGENCIA

La vigencia del presente Convenio será de 13 (TRECE MESES), contados a partir de la fecha de la primera ministración, entendiéndose como formalizado al momento en que se cuente con la firma de todas y cada una de las partes que intervienen en el mismo.

No obstante lo anterior, el plazo para el desarrollo del “PROYECTO” será el establecido en el Anexo Dos, y éste iniciará una vez que el “SUJETO DE APOYO” haya recibido la ministración correspondiente a la primer etapa, en la cuenta que para tal efecto haya proporcionado.

Cuando se requiera ampliar el plazo de ejecución del “PROYECTO”, el Responsable Técnico del mismo deberá presentar la solicitud respectiva al Secretario Técnico durante la vigencia del “PROYECTO”, indicando las razones de la solicitud, anexando la justificación correspondiente. El Secretario Técnico deberá dar contestación a la solicitud respectiva dentro de los 30 (treinta) días hábiles siguientes.

De considerar procedente la solicitud, el Secretario Técnico podrá autorizar una prórroga para la ejecución del “PROYECTO”, misma que deberá estar debidamente justificada.

En todos los casos las prórrogas al “PROYECTO” se deberán solicitar con 30 (treinta) días hábiles de anticipación a la fecha de entrega de informes estipulada en el Anexo Dos.

El total de las prórrogas autorizadas no podrá exceder la vigencia del presente Convenio, con excepción del supuesto previsto en el párrafo siguiente.

En casos excepcionales, y siempre y cuando se demuestre la conveniencia o necesidad de contar con los productos del “PROYECTO”, podrá solicitarse un nuevo plazo para la ejecución del mismo, incluso cuando el “PROYECTO” haya vencido. En este caso, la solicitud será revisada y resuelta por el Comité Técnico y de Administración del “FORDECYT”.

Las obligaciones a cargo del “SUJETO DE APOYO”, relacionadas con la fiscalización de los recursos empleados para el financiamiento del “PROYECTO”, continúan incluso después de que el “FORDECYT” emita la Oficio de Conclusión Técnica y Financiera, por hasta un período de 5 (cinco) años.

 

VIGÉSIMA QUINTA. ASUNTOS NO PREVISTOS

Los asuntos relacionados con el objeto de este Convenio y que no queden expresamente previstos en sus Cláusulas, ni en sus Anexos, serán interpretados y resueltos de común acuerdo por las partes, apelando a su buena fe y consecución de mismos propósitos, haciendo constar sus decisiones por escrito.

 

VIGÉSIMA SEXTA. AUSENCIA DE VICIOS DE VOLUNTAD

Las partes manifiestan que en la celebración del presente Convenio no ha mediado circunstancia alguna que induzca a error, dolo, mala fe u otra circunstancia que afecte o vicie la plena voluntad con que celebran el presente instrumento, por lo que el mismo es válido para todos los efectos legales conducentes.

 

VIGÉSIMA SÉPTIMA. JURISDICCIÓN

Para la solución a toda controversia que se pudiera suscitar con motivo de la interpretación, ejecución y cumplimiento del presente Convenio y sus Anexos, y que no se resuelva de común acuerdo por las partes, éstas se someterán a las Leyes Federales vigentes y Tribunales Federales competentes de la Ciudad de México, renunciando desde ahora a cualquier otro fuero que les pudiera corresponder en razón de sus respectivos domicilios presentes o futuros.

 

PREVIA LECTURA Y CON PLENO CONOCIMIENTO DE SU CONTENIDO, SE EXTIENDE POR DUPLICADO EL PRESENTE CONVENIO, QUE DE CONFORMIDAD SUSCRIBEN LAS PARTES INVOLUCRADAS EN LA CIUDAD DE MÉXICO, EL 04 DE AGOSTO DE 2016, CONSERVANDO UN EJEMPLAR CADA UNA DE ELLAS.

 

POR EL “FORDECYT”

 

 

 

__________________________________

QUÍM. REGINA MARIA ALARCON CONTRERAS

Secretario (a) Administrativo (a)

 

 

ASISTIDO POR

 

 

 

__________________________________

ING. MONICA VIVIANA PADILLA MOLINA

Secretario (a) Técnico (a)

 POR EL “SUJETO DE APOYO”

 

 

 

__________________________________

PH.D. ARMANDO SEGOVIA LERMA

REPRESENTANTE LEGAL

 

 

 

 

 

 

__________________________________

M.A.P. ROBERTO CHACON GOMEZ

Responsable Técnico

 

 

 

__________________________________

M.A.R.H. PAOLA GUADALUPE LEYVA GARCIA

Responsable Administrativo

 

LAS FIRMAS QUE ANTECEDEN, CORRESPONDEN AL CONVENIO DE ASIGNACIÓN DE RECURSOS QUE CELEBRAN NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., I.B.D., EN SU CARÁCTER DE FIDUCIARIA DEL FIDEICOMISO DENOMINADO “FONDO INSTITUCIONAL DE FOMENTO REGIONAL PARA EL DESARROLLO CIENTÍFICO, TECNOLÓGICO Y DE INNOVACIÓN”, EL “FORDECYT” Y EL/LA INSTITUTO DE INNOVACIÓN Y COMPETITIVIDAD, EL “SUJETO DE APOYO”.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------CONSTE.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

 





Anexo 1: Desglose Financiero
a) Aportaciones solicit adas al Fondo
Rubros a FinanciarEtapa 001Suma
Gasto corriente
340 Gastos de operación1.338.000,001.338.000,00
333 Servicios externos2.140.000,002.140.000,00
336 Pasajes y viáticos680.000,00680.000,00
346 Gastos de coordinacion general 20.000,00 20.000,00
320 Trabajo de Campo180.000,00180.000,00
329 Public, edic e impresiones202.000,00202.000,00
335 Software y consumibles 90.000,00 90.000,00
Total gasto corriente4.650.000,004.650.000,00

Gasto inversión
404 Maquinaria y equipo450.000,00450.000,00
401 Equi. Cómputo y de Telecomonun100.000,00100.000,00
Total gasto inversion550.000,00550.000,00

Total gasto corriente + gasto inversión: 5.200.000,005.200.000,00


Total por tipo de aportaciónEtapa 001 Suma
a) APORTACIONES FONDO
5.200.000,00
5.200.000,00
b) APORTACIONES CONCURRENTES
0.00
0,00
c) OTRAS APORTACIONES
0.00
0,00
TOTAL
5.200.000,00
5.200.000,00



Anexo 2: Cronograma de actividades por etapa


Etapa #Descripción De La EtapaDescripción De La MetaActividadesProductosFecha inicial
DD-MM-AAAA
Fecha de termino
DD-MM-AAAA
Fecha informe avance y final
DD-MM-AAAA
001ASCTI Planeación, organización, diseño, puesta en marcha y seguimiento de acciones dirigidas a la Apropiación Social de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación; las cuales serán dentro de las siguientes actividades: 1. Feria de Ciencia e Ingenierías (etapa estatal y nacional). 2. Concurso de Creatividad Infantil y Juvenil. 3. Visitas guiadas a museos de ciencia y tecnología. 4. Programas vivencial en ciencias. 7. Pláticas y talleres en materia de ciencia y tecnología. 5. Implementación de huertos escolares. 6. Domos educativos, ruta itinerante. 7. Tráiler de la Ciencia, ruta itinerante y renovación de contenido. 8. Adaptación de contenido de sala de museo de ciencia. SNCYT Planeación, diseño, selección de actividades, ejecución y seguimiento de actividades a realizar dentro de la 23ª Semana Nacional de Ciencia y Tecnología. 1. Reuniones de planeación, detección de necesidades a apoyar y resultados con instituciones anfitrionas. 2. Se realizaran 3 magnos eventos en varias sedes: Chihuahua, Delicias, y Cd. Juárez. 3. Visitas guiadas, Domos educativos, Exposiciones, Talleres, Experimentos, Conferencias. 4. Premiaciones de convocatorias.ASCTI. Acercar el conocimiento de la ciencia, tecnología e innovación a través de diferentes actividades para niños, jóvenes y adultos de las diferentes regiones del Estado de Chihuahua, además de divulgar, promover y transferir las nuevas tecnologías, innovaciones y desarrollos científicos a los usuarios, niños, jóvenes, y padres de familia de las diferentes entidades participantes. SNCYT. 1. Sensibilizar a la población acerca del rol fundamental de la ciencia, tecnología e innovación para el desarrollo nacional. 2. Promover y divulgar la ciencia, tecnología e innovación. 3. Poner en contacto a las comunidades científicas e investigadoras con la población participante con niños y jóvenes. 4. Estimular el surgimiento de vocaciones orientadas a la ciencia, tecnología e innovación. 5. Fomentar la curiosidad y el interés en niños y jóvenes sobre temas científicos y tecnológicos. ASCTI. Realización de eventos de divulgación y formación que pongan al alcance de la sociedad el conocimiento científico, tecnológico y de innovación. Fomentando la divulgación de resultados de investigación y la transferencia de tecnología, para que atiendan y solucionen problemas de los sectores productivos y sociales. Impulsando la creación de programas y mecanismos generadores y promotores de la cultura científica y tecnológica. Por lo anterior esta propuesta establece realizar actividades de divulgación de la ciencia, tecnología y la innovación en las diferentes regiones del Estado. SNCYT. Promover la ciencia, tecnología e innovación y proyectarla como pilar fundamental del desarrollo económico, cultural y social de nuestro País. Para ello conjuntan esfuerzos las instituciones educativas, asociaciones científicas, empresas, centros de investigación, museos de ciencia y gobiernos estatales.ASCIT 1. Instalación y puesta en marcha de 2 huertos escolares. 2. Feria de Ciencia e Ingenierías, en su etapa estatal y etapa nacional. 3. Un programa vivencial en ciencias. 4. Un Concurso Estatal de Creatividad Infantil y Juvenil a nivel estatal y su premiación. 5. Adquisición de dos Domos educativos digitales, con contenido científico para su divulgación. 6. Actualización de contenido temático de un tráiler. 7. Una Feria de Ciencias y Artes en la ciudad de Chihuahua. 8. Rutas itinerantes de Domo Educativo y Tráiler de la Ciencia por lo menos en 3 municipios de Chihuahua. 9. Adaptación y remodelación de una sala museográfica. 10. Actividades en ciencia y tecnología atendiendo hasta 1,500 niños (Talleres, Conferencias y Visitas Guiadas en Museos) del Estado. SNCYT. Se llevarán a cabo reuniones 2 informativas previas y 1 posteriores al evento con instituciones anfitrionas de la Semana Nacional de Ciencia; con el fin de llevar a cabo una buena organización, la detección de necesidades a apoyar y llevar a cabalidad el tema de la Semana y cumplir con lo estipulado y las metas en esta edición. Además de 3 eventos masivos: 1. Inauguración en las instalaciones del Museo Semilla, donde se realizará la premiación del Concurso Estatal de Creatividad Infantil, además como parte de las actividades se presentaran conferencias, visitas guiadas en la salas del Museo Semilla. 2. Evento Masivo Museo del Desierto Chihuahuense ubicado en Delicias, en donde se realizaran talleres, visitas guiadas en la salas del Museo. 3. Clausura en el Espacio Interactivo la Rodadora en Cd. Juárez Chihuahua, donde se realizaran conferencias, visitas guiadas en las salas del Museo 04/08/201621/04/201711/05/2017




Nombre Códigos de firma electrónica Fecha y hora de firma
Armando Segovia Lerma VholmzHz+fKAMZ/0QpGqgw==svHBLzwLTafZMvBs2v8jNkNen20= 04/08/2016 12:12:08
LEYVA GARCIA,PAOLA GUADALUPE lsbWCnhYnvRaOqZmPoDrJhdusvHBLzwLTafZMvBs2v8jNkNen20= 04/08/2016 11:51:54
Chacon Gomez, Roberto wb4RiJzes/qFrRDik9qUpBdusvHBLzwLTafZMvBs2v8jNkNen20= 04/08/2016 11:48:26
MÓNICA VIVIANA PADILLA MOLINA By7jsymBVJHbW8KAYAs6KpXu0khBM94lfwz6lPjEyJ+u6mlauHk= 05/08/2016 16:04:20
Regina Maria Alarcón Contreras V6EcJzwtJKDUSh9rVqAnXA==svHBLzwLTafZMvBs2v8jNkNen20= 04/08/2016 17:55:58
Este contrato tiene como última Fecha de Firma 05/08/2016 16:04:20